Impuestos y Lotería Impuestos y Lotería

¿Qué impuestos pagan los premios de la Lotería? ¿Cuánto se queda Hacienda?

Aunque la lotería es ya en sí en cierto modo un impuesto, la mayoría de grandes premios además tributan a Hacienda. Desde Ecorenta, descubre cuánto y cómo.

Es la pregunta de cada Navidad o cada vez que se reparte un gran premio que llena titulares en los medios: el «bocado» de Hacienda. Y es que los impuestos que paga la Lotería es uno de los más controvertidos que existen.

Sobre todo si tenemos en cuenta que la Lotería es ya en sí un tipo de impuesto. Todos estos sorteos están organizados oficialmente por el Estado o autorizados por el Estado para conseguir una recaudación extra.

Sin ir más lejos, Loterías y Apuestas del Estado ingresa cada año unos 10.000 millones de euros, aproximadamente la mitad de lo que se recauda con el Impuesto de Sociedades, por lo que no estamos hablando de una suma despreciable.

Así pues,debes saber que el Estado gana por partida doble con los premios de la Lotería. Por un lado, lo que ingresa Loterías y Apuestas del Estado, y, por el otro, lo que se lleva Hacienda de los premios que reparte Loterías (otros 500 millones de euros al año, aproximadamente).

Los impuestos de la Lotería

Las loterías oficiales, ya sean las Loterías del Estado, la ONCE, las autonómicas o las de la Cruz Roja, están todas sometidas al mismo tipo impositivo, que es el siguiente:

  • 0% para los primeros 40.000€ por premio
  • 20% a partir de los 40.000€ por premio

Es decir, los primeros 40.000 euros por premio están exentos, y sólo tributarás a partir de esa cifra por premio. Y cuando hablamos «por premio» es importante, ya que queremos decir por décimo, fracción, cupón o apuesta premiada, siempre y cuando la apuesta sea de, al menos, 50 céntimos. Si es menor, el mínimo se calcula proporcionalmente.

Esta forma de tributar dar lugar a ciertas paradojas en la forma de pagar impuestos, como podemos ver en los dos ejemplos que presentamos a continuación:

Un décimo del Gordo de la Lotería de Navidad:

  • Premio: 400.000 euros por décimo.
  • Total: 400.000 euros de premio.
  • Exento: 40.000€ por premio, es decir 40.000€.
  • Impuestos: 20% de 360.000€, 72.000€
  • Resultado: 328.000 euros para el ganador, 72.000 euros para Hacienda

Ocho décimos del tercer premio de la Lotería de Navidad:

  • Premio: 50.000 euros por décimo.
  • Total: 400.000 euros de premio.
  • Exento: 40.000 euros por premio, es decir 320.000 euros.
  • Impuestos: 20% de cada 10.000 por premio, es decir 20% de 80.000 euros, 16.000€
  • Resultado: 384.000 euros para el ganador, 16.000 euros para Hacienda

Conclusión: aunque si te toca El Gordo con un décimo o el Tercer premio con 8 décimos ganas los mismos 400.000 euros, en el segundo caso Hacienda te retiene 56.000 euros menos.

Esto es así porque las retenciones de los premios de la Lotería son automáticas, se practican en el momento de cobrarlas. Además, los importes cobrados tras la retención ya no tributan en el IRPF. Es más, en ocasiones normales no es necesario presentar ninguna declaración a Hacienda tras cobrar el premio de una Lotería oficial.

Cuántos impuestos se pagan en caso de una apuesta compartida

En este caso, de nuevo, hay que seguir la lógica de que la tributación en las Loterías se aplica por premio o apuesta. Si por ejemplo llevas una participación de una mitad de décimo y este cae agraciado con El Gordo, cobrarás exactamente la mitad de los 328.000 euros premiados por décimo, es decir 164.000 euros.

En estos casos primero se reparte el importe exento entre todos los participantes y, posteriormente, se reparte el importe restante tras restar los impuestos.

¿Es necesario declarar a Hacienda?

Como hemos visto las retenciones de los premios de la Lotería son automáticas, por lo que por norma general no hay que declararlas a Hacienda. Si estás cobrando otros premios como un concurso de televisión o una tómbola, se trata de otro tipo de premios que llevan asociados otro tipo de retenciones que sí hay que declarar.

El único caso en el que debes declarar a Hacienda es cuando en una Lotería oficial no se te ha practicado la retención o hay doble retención, casos a día de hoy bastante raros.

También conviene identificar a todos los ganadores cuando el premio se reparte en forma de participaciones. En este caso se debe declarar al banco en el que se realiza el cobro, ya que éste es el encargado de informar a Hacienda quiénes son los premiados. Evitarás de este modo que los ingresos sean considerados como una donación.

Loterías ganadas en el extranjero

Existe un último caso de interés y es saber qué sucede si en unas vacaciones te has comprado un décimo de Lotería y te ha tocado un premio en el extranjero. En este caso siempre hay que tener en cuenta que debes tributar en España siempre y cuando seas residente fiscal en el país, es decir si vives más de la mitad del año en territorio nacional.

Aquí debemos hacer dos distinciones:

  • Si el premio está otorgado por cualquier organización de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo análogos a los anteriormente nombrados en España como la Loterías y Apuestas, ONCE o Cruz Roja, se aplican las mismas normas que en España, es decir los primeros 40.000 euros están exentos y el resto tributa al 20%. En este caso sí es necesario declararlo a Hacienda ya que la retención no es automática.
  • En los demás casos, el premio se considera una ganancia patrimonial estándar y se declara como un ingreso ordinario en el impuesto del IRPF. En este caso no hay ningún mínimo exento y se debería tributar por el total, independientemente de su importe.

Cobrar como una empresa

Todo lo que hemos señalado en este artículo se aplica siempre y cuando el que cobre el premio de la Lotería sea una persona física. En el caso de las personas jurídicas, las empresas, el premio de la lotería tributa como una ganancia más, es decir se paga sobre sus beneficios en el Impuesto de Sociedades.

Normalmente, este impuesto tiene una tributación mayor al del 20% con el que se grava la lotería de particulares y no tiene un mínimo exento. Sin embargo, existen ciertas ventajas fiscales que pueden rebajar el tipo efectivo del impuesto.

Además, si la sociedad está en pérdidas, permiten compensarlas con el importe de la lotería y, por tanto, no tener que pagar sobre ella. Se trata de una práctica cada vez más extendida y analizada con lupa por parte de Hacienda, aunque legal si se hace siguiendo todas las normas marcadas por Hacienda.

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